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Miércoles, 07 Febrero 2018 00:00

Normas

«El honor tributado a las sagradas imágenes es una "veneración respetuosa", no una adoración que solo conviene a Dios. Los actos de culto no se dirigen a las imágenes consideradas. Los actos de culto no se dirigen a las imágenes consideradas en sí mismas, sino en cuanto sirven para representar al Dios encarnado. Ahora bien, el movimiento que se dirige a la imagen en cuanto imagen, no se detiene en ella, sino que tiende a la realidad que representa (Catecismo de la Iglesia Católica, 2131-2132)

«Las reliquias nos dirigen a Dios mismo: y él, de hecho, es quien, con la fuerza de su gracia, concede a los seres frágiles el coraje de dar testimonio suyo ante el mundo. Invitándonos a venerar los restos mortales de los mártires y de los santos, la Iglesia no olvida que, en definitiva, se trata de pobres huesos humanos, pero de huesos que pertenecían a personas visitadas por la Potencia viva de Dios. Las reliquias de los santos son huellas de esta presencia invisible pero real que ilumina las tinieblas del mundo, manifestando el Reino de los cielos que está dentro de nosotros(Benedicto XVI, Discurso a los jóvenes en la Jornada Mundial de la Juventud, Colonia, 18 de agosto de 2005)

pdf Le Reliquie nella Chiesa Autenticità e Conservazione (150 KB)

La Postulación General tiene la tarea de la custodia y distribución de las reliquias de los beatos y de los santos pertenecientes a la Orden y de los que pertenecen a la Orden. Para solicitar las reliquias, se deben tener en cuenta las siguientes normas:

  1. Pertenece a la Postulación General valorar las peticiones llegadas y conceder las reliquias, acompañadas con un certificado de autenticidad, sellado con el sello de la misma Postulación.
  2. Toda petición deberá llegar a la oficina de la Postulación General a través de una carta encabezada, con la firma del oficial responsable y sello del oficio. La solicitud deber estar acompañada por el "nihil obstat" original del Ordinario del lugar; no se tienen en consideración peticiones por teléfono, e-mail o fax.
  3. Se aceptan, normalmente, solo las peticiones llegadas de párrocos o superior/es de comunidades religiosas. Siempre se debe especificar que la petición de las reliquias es para la veneración pública de los fieles; indíquese con claridad el lugar de la iglesia o capilla pública donde se colocará la reliquia para la veneración de los fieles.
  4. Peticiones de laicos (incluso seminaristas) no se tienen en consideración a no ser para casos excepcionales. No se tienen en consideración por parte de los coleccionistas de reliquias. Solo se concede una reliquia de un particular santo o beato.
  5. Las peticiones son aceptadas para los lugares donde ya existe un culto o donde se quiere aumentar la devoción (por ejemplo, por medio de un programa formativo de catequesis; con ocasión de una exposición de una nueva imagen del santo o beato, de una peregrinación, etc.).

Para la consagración de altares, se pueden hacer peticiones de reliquias "insignes" que la Postulación considerará caso por caso. La petición deberá ir acompañada siempre por el "nihil obstat" del Ordinario del lugar, especificando para qué iglesia se hace dicha petición.


A)  Para solicitar una reliquia, rellenar el formulario que encontrará en este link.

B) La reliquia, siempre que la petición sea aceptada, se enviará, o entregará personalmente, solo después de recibido el original de la carta del Obispo en la Oficina de la Postulación General. La dirección es la siguiente:

Postulación General OCD, Corso d’Italia 38, 00198 Roma, ITALIA

Visto 5330 veces Modificado por última vez en Jueves, 15 Marzo 2018 16:53